Los diputados que integran la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial emitieron un dictamen favorable para reformar la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Las enmiendas, que engloban 13 artículos, contemplan el incremento a las multas, la actualización de la ley contempla que las multas incrementen desde $50, $100 y $150 para conductores que cometan faltas de tránsito leves, graves y muy graves, respectivamente.
Otra de las reformas que destaca, es la ley que prohíbe que los motoristas de cualquier vehículo ingieran alcohol, cualquier tipo de estupefacientes o medicamentos que puedan afectar la capacidad de conducir.
Referente a las bebidas alcohólicas, queda prohibido conducir un vehículo, tras haber ingerido alcohol, esto sin importar cualquier concentración por litro de sangre o en aire espirado, de lo contrario el motorista será acreedor de una multa muy grave y a la detención por infringir la norma de tránsito.
Para determinar si el motorista ha consumido alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias, este se someterá obligatoriamente a una prueba toxicológica, de sangre o de aire espirado, realizadas por personal médico del Viceministerio de Transporte (VMT).
Si el conductor se rehúsa a la realización de las pruebas de alcoholemia se aplicará la sanción contemplada por la infracción de tránsito estipulada en la Iey a actualizar y se remitirá a la Fiscalía General de la República (FGR), a fin de identificar su estado y siguiendo el procedimiento de conducción peligrosa.